Halachot de Hafetz Jaim
Halajá 76 / 215

Hilchos Lashon Hara, capítulo 4, sección 8

Cuando el beit din instruye a una persona de una manera particular que involucra una acción concreta, ya sea en su relación con G-d o en su relación interpersonal con otros, y esta persona se niega absolutamente a acatar las instrucciones del beit din y no da ninguna razón por la que no cumplirá, entonces está permitido humillarlo públicamente por sus acciones e incluso registrar su estilo de vida malvado en los archivos de la comunidad para que todas las generaciones futuras puedan verlo. Pero si esta persona responde con una defensa que justifica su negativa a cumplir en un marco de razones personales, entonces la ley es la siguiente: Si creemos que la razón que dio para no cumplir es falsa y fue ofrecida solo en un intento de convencer al beit din de abandonar el asunto, entonces no estamos obligados a creerle y está permitido denigrarlo. Pero si no estamos seguros de la veracidad de sus razones para negarse a cumplir, entonces está prohibido avergonzarlo o humillarlo.