Halachot de Hafetz Jaim
Halajá 133 / 215

Hilchos Lashon Hara capítulo 10, sección 2

Estas son: a) Uno debe haber visto el acto personalmente y no meramente haberlo oído de otros, o haber aclarado después que era verdad.

b) Uno debe tener mucho cuidado de no decidir de inmediato que el asunto fue un robo, hurto o daño y similares, sino examinar cuidadosamente el asunto para ver si entra en estas categorías.

c) Uno debe primero reprender amablemente al infractor, pues esto podría ayudar y hacer que cambie sus caminos. Si no escucha, uno puede entonces decirle al público su fechoría contra su prójimo. (Si uno sabe que no aceptará la reprensión, esto se explica más adelante en el párrafo 7).

d) No se debe exagerar la fechoría.

e) La intención de uno debe ser para beneficio, como se explica más adelante en el párrafo 4, y no para disfrutar denigrando a la persona ni por odio previo.

f) Si uno puede lograr el beneficio de algún modo sin hablar lashon hara sobre la persona, no puede hablar de ella.

g) No se debe causar más daño del que halacha exige a la persona a través del relato, del que se habría causado si se hubiera testificado contra ella en beis din. Esto se explica más adelante en hilchos rechilus capítulo 9.